SOLUCIÓN
1. los derechos de autor constituyen uno de los principales derechos de propiedad intelectual cuyo objetivo es dar solución a una serie de conflictos de intereses que nacen entre los autores de las creaciones intelectuales. El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que afirman los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los AUTORES.
Tomado de: www.ugr.es,es.m.wikipedia.org.
2. persona que ha realizado una obra científica,literaria,o artística.Los autores escriben sus obras para que otros las lean, disfruten, compartan y comparen sentimientos, pensamientos y conocimiento, por esta razón el aprendizaje está necesariamente ligado a los libros.
tomado de: http://libroscr.com/derechos-de-autor-y-derecho-a-la-educacion/208/
3.es la producción intelectual literaria,artística,musical,científica,de un autor
tomado de: Didier Vigoya
4. los que protegen los derechos de autor son la dirección nacional de derechos de autor específicamente la unidad administrativa especial ministerio del inferior.
tomado de: http://www.lecturaalsur.com/2013/08/cultura-y-derechos-de-autor.html
5.
tomado de: http://www.lecturaalsur.com/2013/08/cultura-y-derechos-de-autor.html
5.
Prueba de autoría:
Es una presunción de autoría que otorga el Estado, con una fecha cierta de inscripción.
Protección del usuario de buena fe:
Se presume autor de la obra el que figura como tal en el certificado de registro, salvo prueba en contrario. El editor o productor que publicara la obra conforme a las constancias que obran en esta Dirección Nacional, quedaría eximido de responsabilidad penal, en el supuesto de que se presente el verdadero autor reclamando sus derechos.
Publicidad de las obras y contratos registrados:
Función primordial de un registro es dar a conocer su contenido. La información beneficia a todo aquel que tiene interés en oponer su derecho frente a terceros y a quienes buscan cerciorarse sobre la viabilidad y legitimidad en una contratación.
tomado de: http://www.jus.gob.ar/derecho-de-autor/beneficios-del-registro.aspx
6.
- Presentar su solicitud de registro de obra (RPDA 01 o RPDA 02) y sus anexos según sea el caso, debidamente requisitada por duplicado, las cuales se pueden obtener en la página web www.indautor.sep.gob.mx, las mismas pueden llenarse una vez que ingreso a la página o bien con pluma, firmando ambas en original.
- Presentar dos ejemplares de la obra a registrar en el soporte material a elegir (impresa, Cd, DVD, etc.), debidamente identificados con el nombre del autor y el título.
- Acudir a las oficinas del Indautor localizadas en la Ciudad de México, calle de Puebla # 143, Col. Roma Norte, si usted vive en el interior del país, acudir por favor a la OSFAE en la Capital del Estado, donde le recepcionaran el trámite mismo que será remitido a estas oficinas por dicha representación federal. A partir de que los documentos son recibidos en este Instituto, la Dirección de Registro emitirá una respuesta a su solicitud en un término máximo conforme a la ley de 15 días hábiles o bien, nos puede remitir directamente al INDAUTOR los documentos mencionados y una guía prepagada para la devolución al domicilio que nos indique.
tomado de: http://www.indautor.sep.gob.mx/formatos/requisitos_registro.html
7.Cuando se violan los derechos de autor, el titular de derechos de autor puede pedirle a un tribunal que otorgue una medida cautelar contra un individuo o entidad que está infringiendo el de autor.
tomado de: ww.derechodeautor.gov.co
8.El contenido libre o información libre es un concepto que abarca cualquier obra funcional, de arte u otro contenido creativo que no posee restricciones legales significativas en relación con el derecho de uso, la redistribución y la creación de versiones modificadas o derivadas por parte de terceros.
tomado de: https://www.google.com.co/search?q=contenidos+libres+de+derecho+de+autor&espv=2&biw=1511&bih
9.Si la obra está protegida por una licencia tradicional (sólo el símbolo ©, acompañado de una fecha y el nombre del autor o “todos los derechos reservados”), debe disponer de la autorización específica escrita del autor y citar obra (con el año de edición), autor y editor.
9.Si la obra está protegida por una licencia tradicional (sólo el símbolo ©, acompañado de una fecha y el nombre del autor o “todos los derechos reservados”), debe disponer de la autorización específica escrita del autor y citar obra (con el año de edición), autor y editor.